Harinas
En la Torá existe una ley no conocida por
todos que prohíbe el consumo de los cereales (trigo, cebada, avena,
espelta y centeno) y sus derivados que no hayan echado raíces antes del segundo
día de Pesaj hasta el Pesaj siguiente. Estos productos se los suele
llamar "jadash". Si esta ley se restringe a la tierra de Israel o si
tiene aplicación fuera de ella, es materia de discusión de los Sabios hace ya
varias generaciones (Shulján Aruj, Oraj Jaím, 489:10). En el hemisferio sur, la
nueva cosecha de la primavera/verano llega a los estantes de los almacenes en
diciembre y no ha echado raíces antes del Pesaj pasado. Dado que el Mishná
Brurá recomienda seguir las opiniones más severas respecto a esta ley, se ha
organizado en muchas comunidades, una comisión que se ocupa de proveer a los
establecimientos Kasher interesados con esta harina para los meses de verano.
Estos productos se denominan "iashán" ("viejo") a
diferencia de los que son "jadash". Quien ya está observando
correctamente las demás leyes del Kashrut, puede avanzar en este sentido.
Desde hace un tiempo, la ley nacional
obliga a que casi todas las harinas posean nutrientes de hierro. Estos no son
objetables para su Kashrut.
Otro tema que pasó a ser común respecto a
las harinas, son la cantidad de harinas emulsionadas, en especial a las que se
usan a nivel de panadería como mejorador de pan. Después de varias consultas
con los Poskim (Autoridades Halajicas), sabemos que esto no prohíbe su consumo.